TRABAJO DECENTE
UN GOBIERNO QUE LO NIEGA, UNOS SINDICATOS SIN AUDACIA NI PERSISTENCIA.
LA SENTENCIA C-614 DE LA CORTE CONSTITUCIONAL, UN INSTRUMENTO APROVECHABLE.
Solamente en el sector estatal la cifra supera los 300.000 tercerizados, de los cuales, para citar solo tres ejemplos, el de la salud está por encima de los 110.000, Ecopetrol 30.000 y el Cerrejón 4.500. Esta modalidad de explotación no solo golpea a los asalariados y la calidad de los servicios, sino al derecho de asociación, por cuanto los nuevos esclavos que osen hacer uso de él quedan condenados a no ser enganchados en ninguna de las empresas o bolsas de empleo existentes. He ahí una de las razones por las cuales los sindicatos, instrumentos claves de la democracia, se debilitan.
En medio de esta aberrante situación, poniendo un poco de orden, la corte constitucional, contrario a la pretensión del demandante, con sentencia No. C-614 de septiembre de 2009, decidió declarar EXEQUIBLE, es decir, ajustada a la Constitución, la norma del DL 2400 de 1968 que ordena: artículo 2º “…para el ejercicio de funciones permanentes se crearan los empleos correspondientes, y en ningún caso podrán celebrarse contratos de prestación de servicios para el desempeño de tales funciones”. En esta norma, la obligación de crear los cargos, es ineludible y la prohibición de prestar servicios permanentes con personal ajeno a la planta de personal, es rotunda e inequívoca.
Con base en la norma transcrita, SINDESS, a través de su presidente Nacional, ALDO CADENA, presentó a las Centrales obreras en noviembre de 2009 una propuesta para que éstas a su vez, la presentaran al gobierno nacional; la misma, además de ser una salida transitoria para los provisionales pretende terminar, controlar y disminuir la tercerización laboral, concertando la ampliación de plantas de personal y estableciendo unas prioridades en la vinculación.
LA PROPUESTA EN CONCRETO.
En ese momento fue aprobada la propuesta de SINDESS en una reunión de las centrales y sindicatos, en los siguientes términos:
A. “Que el gobierno cree los cargos correspondientes en las entidades donde actividades permanente se vienen prestando con trabajadores de OPS, cooperativas, bolsas de empleos, contratos o cualquier forma de tercerización laboral.
B. Una vez ampliadas las plantas de personal en dichos cargos deben vincularse, prioritariamente, a los funcionarios provisionales a los cuales les fue adverso el concurso, hasta cuando se encuentre una solución satisfactoria para estas personas que han demostrado idoneidad en sus cargos durante años”.
La propuesta, pese a tener el respaldo inicial de todos los sectores, fue dejada a la deriva, es decir, no fue lo suficientemente defendida por ninguna de las centrales obreras. Últimamente ha sido recogida por los sindicatos del Distrito Capital en su pliego unificado de peticiones, lo cual es muy loable. En el sector salud, en varios departamentos SINDESS ha presentado la propuesta y se viene discutiendo.
Consideramos que la propuesta inicial debe mejorarse, incluyendo dentro de las prioridades la vinculación, no solo de los provisionales sino los tercerizados de acuerdo a su antigüedad, así como aquellas personas que fueron víctimas de las reestructuraciones y les falta poco tiempo para lograr su pensión. Las centrales obreras, que han inscrito en sus banderas la lucha por el trabajo decente, dentro de las jornadas internacionales del movimiento sindical, deben hacer uso de sus mejores iniciativas para aprovechar en grado superlativo la sentencia C-614 de 2009, promulgada por la Corte Constitucional.
PASOS A SEGUIR.
Para que la propuesta no suene a irresponsable se sugiere a las distintas organizaciones, seguir en sus entidades, entre otros, los siguientes pasos:
- Socializar con las diferentes instituciones el contenido de la sentencia C-614 y la conveniencia de su cumplimiento.
- Hacer la propuesta de los trabajadores arriba señalada.
- Instar a los representantes de las instituciones para que se hagan los estudios correspondientes, consistentes en:
a. Número de personas tercerizadas que, contrario a la ley, vienen desarrollando actividades permanentes.
b. Cuántas de esas personas se necesitan realmente.
c. Cuánto cuesta la vinculación de todo ese personal (no olvide que hay que descontar lo que se les viene pagando en la actualidad).
d. Establecer un plan a corto y mediano plazo para saber cuántos cargos puede vincular anualmente.
e. Si la entidad tiene el recurso o debe compartir esa inversión con el ente territorial y/o la nación.
Sin necesidad de utilizar un reprochable chantaje, que no resulta útil ni tiene presentación entre personas decentes, es pertinente compartir con la administración de cada entidad los riesgos económicos para la institución y el represente legal que se nieguen a dar cumplimiento a una sentencia que en su cuerpo llama a los entes de control para que investiguen y denuncien los casos donde se presente la violación a la norma tantas veces citada.